SERVICIOS ESPECIFICOS SEGÚN AREAS DEL DERECHO

 

I.   DERECHO   PENAL

                   Los siguientes procedimientos aplican para victimas, agresores, imputados y acusados.. En cuanto a delitos, aplica para homicidio, lesiones personales, delitos sexuales, violencia intrafamiliar y maltrato infantil, entre otros. De igual manera, para casos de miedo insuperable, defensa propia, premeditación y alevosía.

  • Abuso sexual. Evaluación de la credibilidad del testimonio de menores víctimas o testigos de abuso sexual, generalmente, cuando no existe evidencia médica o física –peritaje de credibilidad-.
  • Evaluación psicológica forense de la adicción a sustancias psicoactivas, con el fin de probar no sólo que el procesado tiene la condición de consumidor, sino que además se debe: 1) Describir la historia personal y la historia de consumo del procesado, 2) Determinar cuál es la relación entre el consumo y el porte de la sustancia, 3) Describir de qué manera depende el evaluado de la sustancia, puntos estos que se valoran y se prueban a través de un peritaje psicológico.
  • Peritajes para revocar o sustituir la medida de aseguramiento, a partir de: 1) Evaluación psicológica de grupos familiares (con menores de edad), con el fin de establecer la condición del procesado como cabeza de familia, 2) Evaluación psicológica para establecer arraigo psicosocial.
  • Evaluación de la credibilidad de las declaraciones y Psicología del testimonio.
  • Evaluación para impugnación de la credibilidad del testigo, según art. 403 del C. de P.P.
  • Evaluación para apreciación del testimonio, según art. 404 del C. de P.P.
  • Imputabilidad. Cuando se trata de establecer imputabilidad o inimputabilidad del procesado.
  • Evaluación de la carencia de inimputabilidad –cuando el procesado ha simulado enfermedad mental, por ejemplo-
  • Sometimiento a juicio. Diagnóstico de la competencia para someterse a juicio (o ser juzgado).
  • Penitenciaria. a) evaluación psicológica de acusados cuando aparecen enfermedades mentales en prisión, b) trastornos mentales graves que contraindican el ingreso en prisión, c) programación individualizada de tratamientos y, d) evaluación psicológica para permisos.
  • Evaluación de peligrosidad y reincidencia. Se evalúan medidas de seguridad y pronóstico de comportamiento futuro (peligrosidad), con el fin de pedir la concesión o la denegación de beneficios penitenciarios y el cómputo de tiempo para la libertad condicional. También aplica cuando se desea solicitar la suspensión de penas privativas de libertad inferiores a dos años.
  • Trastorno psíquico. Atendiendo al art. 115 del C. P., se evalúa la incapacidad de la víctima, al haberse afectada por la comisión de un delito. Comprende tanto la actividad pericial -en su defecto, la asesoría- como la terapia psicológica, para casos de violencia intrafamiliar, maltrato infantil, delitos sexuales, corrupción de menores, agresión física y lesiones personales, asalto a la propiedad privada, accidentes de tránsito, entre otros.
  • Alcoholismo. Evaluación psicológica de personas que han cometido delitos en estado de embriaguez. 
  • Realización de la evaluación psicológica (servicio de urgencia) en el momento más cercano a los hechos en casos de derecho penal, por ejemplo, con toxicómanos.
  • Evaluación de simulación o engaño de imputados. Evaluar si una persona simula trastornos psicológicos con el fin de argumentar inimputabilidad, imputabilidad disminuida para intentar disminuir condena, para retardar el proceso judicial, la respectiva sentencia y envío a prisión. También para buscar ser internados en hospital psiquiátrico como mejor alternativa y/o facilitar una eventual fuga. Todo esto se puede presentar en casos de homicidio, violación, robo, lesiones personales, falso testimonio, etc.
  • Evaluación de simulación o engaño de ofendidos. En delitos tales como violación, lesiones y agresiones físicas o psicológicas, la simulación tiene por objetivo: la búsqueda de un aumento en la pena del agresor y/o, el planteamiento de una acción civil resarcitoria, simulando o magnificando “secuelas”de tipo físico o psicológico.
  • Evaluación de testimonio en pruebas de identificación. Evaluación psicológica de la validez del testimonio, por ejemplo, cuando la acusación se basa en el testimonio de una persona como testigo ocular de los hechos.
  • Autopsia psicológica. Asesoría para esclarecer si la causa de muerte fue suicidio o muerte accidental, por ejemplo, en los decesos acaecidos en miembros del ejército o la policía.
  • Asuntos de mala práctica por parte de psicólogos. Problemas relativos al secreto profesional  y a tratamientos psicológicos aplicados de manera impertinente, inadecuada o negligente sobre un paciente en particular.

 

II.        DERECHO   DE   FAMILIA

  • Custodia o cuidado personal de menores. Dictamen psicológico de la idoneidad o capacidad para tener en custodia y cuidado personal a menores de edad.
  • Evaluación psicológica para el cambio o impugnación de custodia; para la determinación de la influencia psicológica negativa de algún progenitor; para la sugerencia de programas de intervención psicológica.
  • Reglamentación de visitas. Dictamen psicológico para programar y supervisar las visitas para el progenitor no custodio. De igual manera, evaluación psicológica para limitar, ampliar, suspender o modificar el actual régimen de visitas, teniendo muy en cuenta la edad del menor.
  • Medidas judiciales. Dictamen Psicológico para sugerir qué medida será más adecuada para un menor en caso de que sus padres se separen o,  al menos, cual será la menos perjudicial para su desarrollo y equilibrio psicosocial.
  •  Patria potestad. Dictamen psicológico para el ejercicio, privación, suspensión, exclusión, impugnación o pérdida de la patria potestad.
  • Matrimonio.
      • Nulidad civil del matrimonio canónico. Evaluación para determinar alteración psíquica al momento de contraer matrimonio.
      • Nulidad civil del matrimonio canónico, mediante análisis de las actas de la causa. Procedimiento realizado cuando una de las partes (la que presuntamente padece la anomalía)no comparece en juicio ni presenta testigos. También cuando uno de los comparecientes en el proceso no se somete a la prueba pericial oficial.
      • Evaluación en casos de consentimiento de matrimonio de menores de edad.

                                 Causas psicológicas de separación y divorcio:

      • Separación. Evaluación psicológica cuando se presenta: abandono injustificado del hogar (por ejemplo, problemas con los suegros quienes conviven en el hogar),  infidelidad conyugal (cuando no se ha presentado la separación de hecho), conducta injuriosa o vejatoria y cualquier otra violación grave o reiterada de los deberes conyugales (deber de ayuda y socorro, actuar en interés de la familia, conducta desordenada, prodigalidad, violación del deber de igualdad, falta de afecto marital), violación grave y reiterada de los deberes respecto a los hijos comunes o de los del cónyuge que conviven en el hogar, malos tratos, abusos sexuales, corrupción, explotación, abandono, entre otros.
      • Divorcio. Evaluación de las causas psicológicas del divorcio tales como alcoholismo, toxicomanía, consumo de sustancias alucinógenas, perturbaciones mentales.
  • Interdicción por demencia. Determinación de la existencia de una alteración de las aptitudes psicológicas que impide al sujeto la dirección de su persona y/o la administración de sus bienes.
  • Interdicción por disipación. Determinación de la existencia de una alteración en la conducta de quien, de forma habitual, disipa o despilfarra su patrimonio.
  • Colocación familiar. Aspectos psicológicos del menor que está en abandono y de la familia que lo acoge o acogería.
  • Adopción. Dictamen de la idoneidad de los adoptantes que aspiran a adopciones judiciales, nacionales e internacionales. Dictamen psicológico de niños candidatos a la adopción.
  • Evaluación de simulación o engaño por parte del declarante ya sea en calidad de ofendido u ofensor/demandante o demandado, para obtener beneficios de un caso, por ejemplo, evitar la presencia y/o visitas de la contraparte, por lo que se sugiere al menor que simule sufrir de trastornos emocionales provocados por ésta. También, para permanecer al lado de unos de los padres, disimulando la presencia de trastornos emocionales o de conducta. También en el caso de la evasión de otorgar pensión alimenticia, argumentando incapacidad para laborar por padecer de “trastornos emocionales” o de“limitaciones intelectuales”. Entre otros.
  • Evaluación de simulación de interdicción. Esto es, cuando la persona magnifica la psicopatología existente a sugerencia de familiares o de otras personas.
  • Mediación extrajudicial en conflictos familiares -mediación familiar-. Asesoría psico-jurídica para que los padres tomen sus propias decisiones sobre los hijos de una manera menos conflictiva.

 

III. DERECHO LABORAL Y ADMINISTRATIVO

  • Enfermedad mental. Dictaminar acerca de trastornos o enfermedades mentales adquiridas durante la relación laboral o como producto de un accidente de trabajo.
  • Incapacidad laboral e invalidez. Evaluación de incapacidad laboral  devenida de  un trastorno  mental y si encuadra en incapacidad temporal, invalidez permanente u en otro tipo de grado de invalidez.
  • Evaluación de simulación o engaño. Por parte del empleado que intenta: a) obtener una compensación económica arguyendo secuelas de índole psicológica a causa de un accidente laboral, b) obtener una incapacidad temporal, ya sea por simple vagancia o para atender asuntos de índole personal, c) obtener una pensión por invalidez, lo que en muchos casos tiene como finalidad dedicarse a actividades laborales propias o en la empresa privada, d) obtener un traslado de puesto u oficina, en aquellos casos en los que el empleado o funcionario no se encuentra a gusto, o ha tenido algún tipo de conflicto con la jefatura o con sus compañeros.
  • Acoso emocional en el trabajo (mobbing).
  • Incapacidad laboral de funcionarios.

 

IV.      DERECHO  CIVIL

  • Lesión psíquica en procesos por daños y perjuicios. determinación de las consecuencias psicológicas y sociales de:
    • Accidentes de tránsito: evaluación del lesionado, del(a) viudo(a), de los hijos huérfanos.
    • Injurias: evaluación del afectado por mal uso de su nombre o degradación moral.
    • Atentados personales: evaluación psicológica de sus consecuencias psicológicas y familiares.
    • Mala praxis o responsabilidad médica: efectos psicosociales sobre afectado y sus familiares, debido a cirugías mal practicadas o no necesitadas.
    • Lesión estética: ídem al anterior.
    • Percepción de un seguro: evaluación de daño psicológico sufrido por el afectado.
    • Acoso emocional en el trabajo (mobbing).
  • Evaluación de la capacidad de obrar. Se valora la aptitud para realizar eficazmente actos o negocios jurídicos, tales como capacidad contractual, consentimiento para recibir tratamiento médico, entre otros.
  • Declaración de prodigalidad. Evaluación de aquella persona que desperdicia la propia hacienda, que tiene una conducta desordenada de tal manera que de forma habitual disipa su patrimonio.
  • Incapacitación. Determinar la existencia de una alteración de las aptitudes psicológicas que impidan al sujeto la dirección de su persona y/o la administración de sus bienes.
  • Aptitud para testar. Valoración de la capacidad para testar. Evaluación en procesos de impugnación de testamento.
  • Idoneidad para ostentar tutela o curatela. Evaluación de personas relacionadas con menores cuyos padres o tutores no pueden cuidar de ellos.
  • Internamientos. Evaluación psicológica de personas en casos de internamientos involuntarios.
  • Consentimiento. Evaluación para determinar existencia o no de voluntad, de vicios en el consentimiento al obligarse o al otorgar un contrato.
  • Consentimiento informado. Evaluar la capacidad cognitiva y volitiva de una persona para consentir o haber consentido un tratamiento, cuando existen pugnas entre ciencias de la salud y la voluntad del paciente.
  • Evaluación de simulación y engaño como procedimientos utilizados para la justificación de una póliza de seguros. También, para plantear un reclamo por daños o perjuicios en casos de ofendidos en lesiones u, otro tipo de agresión.

 

V.     MENORES   INFRACTORES

 

  • Elaboración de informes acerca de la situación psicológica, educativa y familiar, entorno social del menor y, en general, sobre cualquier otra circunstancia que pueda haber influido en el hecho que se le atribuye. De igual manera, se evalúa los factores de riesgo que conducirían al menor a actos propios de la delincuencia juvenil.
  • Proposición y supervisión de medidas: amonestación, derivación a otro servicio, orientación educativa, libertad vigilada, servicio en beneficio de la comunidad, reparación de daños o conciliación con la víctima, integración en centro educativo,  internamiento.

 

VI.      EN TRAMITES DE ACCION DE TUTELA

  • Para ilustrar al juez acerca de la gravedad que pueda revestir un hecho, desde el punto de vista psicológico, teniendo en cuenta el desarrollo psicosexual y psicoemocional en casos de niños y adolescentes, o acerca de personas infectadas por el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o con enfermedades terminales.
  • Sobre el estado mental de una persona que ha sido transgredida en sus derechos fundamentales o le han sido desconocidos.

 

 

 

 

 

Una realización de Internet Bogota www.internetbogota.com